Implementación Programa de Prevención de lavado de activos Ley 19913
Para prevenir y controlar el lavado o blanqueo de activos y con el objetivo de impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica, es que se crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) mediante Ley 19.913, modificando diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
Dicha Ley, en su artículo N°3 señala lo siguiente:
Todas las personas naturales y jurídicas a las que se refiere el artículo 3° de la Ley N° 19.913 deben registrarse en el Portal de Entidades Reportantes de este sitio web, y designar un funcionario responsable (oficial de cumplimiento) ante la UAF. Una vez allí inscritas pueden comenzar a enviar sus reportes en línea, y acceder a las actividades de difusión y capacitación de la UAF, no sin antes, establecer de manera debida el PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
¿Cómo le ayuda nuestra empresa en esta materia?
En base a lo indicado, nuestra empresa pone a su disposición, personal altamente calificado para ayudarles en la debida implementación de un Programa de Prevencion Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, con lo cual usted, no solo queda cumpliendo con la ley, si no, que además protege a su empresa de verse involucrada en actos ilícitos. Dentro de los elementos a considerar en la implementación del Programa LA y FT, podemos destacar entre otros:
Designación Oficial de Cumplimiento
Manual de Procedimientos Lavado de Activos
- Desarrollo de un sistema de «Conocimiento del Cliente» KYC y «Debida Diligencia»
Procedimientos de conocimiento de la Personas Expuestas Políticamente (PEP)
Establecimiento Programa de Capacitación
Confección Matriz de Riesgo
Reporte ROS y ROE
Creación de un marco de políticas y procedimientos

